Una empresa familiar alavesa de 90 trabajadores dedicada a la fabricación de envoltorios y cartonaje no tendrá que pagar a Banco Popular la deuda de 5 millones de euros generada por la compra de un producto financiero tóxico y podrá de esta manera esquivar el cierre al que estaba abocada de no haber entendido el juez que la adquisición de este producto se realizó sin que la entidad bancaria informara debidamente de los riesgos que entrañaba.
Fue la abogada de la empresa vitoriana, que cuenta con más de 60 años de trayectoria, quien demandó a Banco Popular por entender que la entidad trató de engañar a sus clientes al colocarles un producto que, en teoría, protegería a la empresa de la subida del Euribor actuando como una especie de seguro, pero que acabó por arruinarla.
El sueño de ampliación del negocio con la construcción de una nueva nave se convirtió para esta empresa en una verdadera pesadilla a partir del momento en el que sus responsables se dirigieron a su banco de toda la vida para obtener financiación. Junto con el crédito solicitado, Banco Popular ofreció a la compañía un producto que supuestamente la cubriría de las posibles subidas del Euribor.
El producto en cuestión era un swap apalancado Euribor-BBVA con un nominal equivalente al crédito solicitado, es decir, cinco millones, que generó una obligación de pago de 2,5 millones de euros. Para resolver esta situación, Banco Popular ofreció a la empresa un nuevo producto tóxico, en este caso un put spread s/BBVA que, pese a ser presentado como más beneficioso, acabó por duplicar la deuda ya existente.
El juzgado considera ahora que Banco Popular no explicó correctamente la complejidad y los riesgos que entrañaban estos dos productos, y por lo tanto los ha declarado nulos, y con ellos la deuda. Banco Popular ya ha confirmado que no recurrirá la sentencia, por lo que la empresa vitoriana, ahora sí, podrá proseguir con su actividad.