FOGAIN son las siglas de Fondo General de Garantía de Inversiones, cuya finalidad es ofrecer a los clientes de las sociedades de valores, agencias de valores y sociedades gestoras de carteras una cobertura en caso que alguna de estas entidades entre en una situación de concurso de acreedores o declaración de insolvencia por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Dicha cobertura se trata de una indemnización por un importe máximo de 20.000 euros por titular y entidad, aunque hay que tener en cuenta que en octubre de 2008 se incremento hasta el límite de 100.000 euros.
De esta forma este fondo de garantía será el encargado de cubrir la falta de reembolso del efectivo o de restitución de valores o instrumentos financieros que hayan sido confiados a una entidad financiera para su depósito o custodia o para la realización de algún servicio de inversión frente a las posibles insolvencias de estas entidades.
Cabe destacar un punto muy importante a tener en cuenta en este tema, y es que estos fondos de garantía protegen al inversor frente a las posibles insolvencias de esas entidades pero no protegen las pérdidas de valor de la propia inversión o a cualquier riesgo de crédito inherente a los valores, como puede se la insolvencia del emisor de los valores.